El día de ayer 1 de junio, el Vaticano publicó una Carta Apostólica en forma de motu proprio del Sumo Pontífice Francisco; sobre la transparencia, control y concurrencia en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano.
Cuando se da lectura de esta carta, se evidencia la clara orientación del Sumo Pontifice en su llamado a todos los administradores a ejercer su desempeño con la “diligencia de un buen padre de familia” en la administración de los bienes eclesiásticos.
Esta carta a nuestro parecer, es un buen complemento a las Orientaciones que la Congregación para los Intititutos de Vida Consagrada y las Sociedades de Vida Apostólica (CIVCSVA), hizo en 2018; en su publicación llamada “Economía al servicio del carisma y la Misión”; bajo los lineamientos que el Sumo Pontífice (2014).
En la nueva carta emitida ayer, a pesar de que se habla de esta diligencia hacia la la transparencia, el control y la concurrencia en los procedimientos de adjudicación de contratos públicos de la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano; se refiere a dos cánones del Derecho Cánonico como son el 1254 y 1284, que reseñan específicamente el manejo de los denominados “Bienes Temporales de la Iglesia” y a las obligaciones que, los administradores en su diligencia del buen padre de familia, deben tener frente a los bienes encomendados a su cuidado.
Esta carta, hace un llamado a la consolidación de un patrimonio normativo con sus buenas practicas asociadas, que no solo conduzcan a la posibilidad de obtener considerables ahorros como resultado de la operatividad de múltiples oferentes de bienes y servicios, sino que conlleve a una administración fiel y honesta donde el administrador está llamado a asumir la responsabilidad de los intereses de una comunidad.
Tal y como lo hemos venido enmarcando dentro de nuestras recomendaciones a los procesos de contratación al interior de las Comunidades Religiosas, cuando revisamos el objeto y finalidad de estas normas, encontramos que se encuentran enmarcadas en cuatro áreas como son: el uso sostenible de los fondos internos, la transparencia del proceso de adjudicación de contratos, igualdad de trato y no discriminación de los licitadores (proveedores) y la promoción de una competencia efectiva entre licitadores.
Si bien esta normativa está dirigida a a las entidades referibles a la Santa Sede y al Estado de la Ciudad del Vaticano, a los operadores económicos que participan de estas contrataciones y a otras materias que se contemplen, por cualquier motivo, en los procedimientos de ésta, creemos importante que se complemente voluntariamente por ahora a lo que se venga trabajando al interior de las Instituciones de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica bajo los lineamientos mencionados emitidos en 2018.
Seguiremos mas adelante en otras publicaciones ampliando lo que, a nuestro criterio y experiencia, pudiera ser de valor revisar, analizar y discutir al interior de las Comunidades
